Requisitos para Habilitar Servicios de Salud Domiciliaria (Atención en Casa) en Colombia
La atención domiciliaria ha tenido un crecimiento exponencial como alternativa eficiente para desahogar las camas de hospitalización clínica. Habilitar esta modalidad exige cumplir con los parámetros de la **Resolución 3100 de 2019** adaptados al ámbito extramural.
1. Infraestructura de la Oficina Base
Aunque el servicio se preste en casa del paciente, la IPS proveedora de salud domiciliaria debe contar con una oficina o sede física administrativa autorizada. Esta sede debe contar con zonas especiales para el almacenamiento de historias clínicas, conservación de medicamentos e insumos médicos (cadena de frío activa), y un depósito intermedio para la recepción de residuos peligrosos transportados desde los domicilios.
2. Protocolos de Bioseguridad y Kit Domiciliario
El personal médico y de enfermería que asiste a los hogares debe estar dotado de equipos de protección personal (EPP) y portar un **Maletín de Atención Extramural** que cuente con:
- Equipos de diagnóstico portátiles calibrados (tensiómetro, fonendoscopio, termómetro).
- Guardianes portátiles para el depósito seguro de agujas y lancetas.
- Bolsas rojas y kit de derrames biológicos portátiles.
3. Registro y Custodia de Historias Clínicas
Debe garantizarse la conectividad digital para el registro oportuno de la evolución del paciente, articulada con el sistema RIPS en formato JSON y cumpliendo con las normas de confidencialidad.